Anexo:Señales de tráfico de indicación de España
Las señales de tráfico de indicación son aquellas que informan al conductor sobre algo de interés.
Estas señales son cuadradas o rectangulares, de color azul con los elementos y el borde en blanco.
A continuación se listan las señales junto a su referencia y su leyenda correspondiente tal y como se describen en el Reglamento General de la Circulación.[1]
Señales de indicaciones generales
[editar]Imagen | Nombre y significado |
Autopista S-1 Indica el principio de una autopista y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. El símbolo de esta señal puede anunciar la proximidad de una autopista o indicar el ramal de una intersección que conduce a una autopista. | |
Autovía S-1a Indica el principio de una autovía y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. El símbolo de esta señal puede anunciar la proximidad de una autovía o indicar el ramal de una intersección que conduce a una autovía. | |
Fin de autopista S-2 Indica el final de una autopista. | |
Fin de autovía S-2a Indica el final de una autovía. | |
Vía reservada para automóviles S-3 Indica el principio de una vía reservada a la circulación de automóviles. | |
Fin de vía reservada para automóviles S-4 Indica el final de una vía reservada a la circulación de automóviles. | |
Túnel S-5 Indica el principio y en algún momento el nombre de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel. Podrá llevar en su parte inferior la indicación de la longitud del túnel en metros. | |
Fin de túnel S-6 Indica el final de un túnel, de un paso inferior o de un tramo de vía equiparado a túnel. | |
Velocidad máxima aconsejada S-7 Recomienda una velocidad aproximada de circulación, en kilómetros por hora, que se aconseja no sobrepasar, aunque las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada bajo una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista. | |
Fin de velocidad máxima aconsejada S-8 Indica el final de un tramo en el que se recomienda circular a la velocidad en kilómetros por hora indicada en la señal. | |
Intervalo aconsejado de velocidades S-9 Recomienda mantener la velocidad entre los valores indicados, siempre que las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada debajo de una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo en que dicho peligro subsista. | |
Fin de intervalo aconsejado de velocidades S-10 Indica el lugar desde donde deja de ser aplicable una anterior señal de intervalo aconsejado de velocidades. | |
Calzada de sentido único S-11 Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. | |
Calzada de sentido único S-11a Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de las flechas (dos carriles), los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. | |
Calzada de sentido único S-11b Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de las flechas (tres carriles), los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. | |
Tramo de calzada de sentido único S-12 Indica que, en el tramo de calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario. | |
Situación de un paso de peatones S-13 Indica la situación de un paso para peatones. | |
Paso superior para peatones S-14a Indica la situación de un paso superior para peatones. | |
Paso inferior para peatones S-14b Indica la situación de un paso inferior para peatones. | |
Calle Cortada S-15a Indican que, de la calzada que figura en la señal con un recuadro rojo, los vehículos solo pueden salir por el lugar de entrada. | |
Calle Cortada S-15b Indican que, de la calzada que figura en la señal con un recuadro rojo, los vehículos solo pueden salir por el lugar de entrada. | |
Calle Cortada S-15c Indican que, de la calzada que figura en la señal con un recuadro rojo, los vehículos solo pueden salir por el lugar de entrada. | |
Calle cortada S-15d Indican que, de la calzada que figura en la señal con un recuadro rojo, los vehículos solo pueden salir por el lugar de entrada. | |
Zona de frenado de emergencia S-16 Indica la situación de una zona de escape de la calzada, acondicionada para que un vehículo pueda ser detenido en caso de fallo de su sistema de frenado. | |
Estacionamiento S-17 Indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Una inscripción o un símbolo, que representa ciertas clases de vehículos, indica que el estacionamiento está reservado a esas clases. Una inscripción con indicaciones de tiempo limita la duración del estacionamiento señalado. | |
Lugar reservado para taxis S-18 Indica el lugar reservado a la parada y al estacionamiento de taxis libres y en servicio. La inscripción de un número indica el número total de espacios reservados a este fin. | |
Parada de autobuses S-19 Indica el lugar reservado para parada de autobuses. | |
Parada de tranvías S-20 Indica el lugar reservado para parada de tranvías. | |
Puerto de montaña S-21 Indica la situación de transitabilidad del puerto o tramo definido en la parte superior de la señal. El panel 1 de la señal S-21 llevará una de estas dos indicaciones: «abierto» (1.a), «cerrado» (1.b). El panel 2 de la señal S-21. podrá ir en blanco, en cuyo caso no indica prescripción alguna; o bien indicar que el uso de cadenas para nieve es obligatorio o está recomendado. Cuando el panel 1 de la señal S-21. indica «cerrado», el panel 3 podrá llevar la indicación del lugar hasta el que la carretera esté transitable, en las condiciones que se indiquen en el panel 2. | |
Cambio de sentido al mismo nivel S-22 Indica la proximidad de una salida a través de la cual se puede efectuar un cambio de sentido a un mismo nivel. | |
Hospital S-23 Indica, además, a los conductores de vehículos la conveniencia de tomar las precauciones que requiere la proximidad de establecimientos médicos, especialmente la de evitar la producción de ruido. | |
Fin de obligación de alumbrado de corto alcance S-24 Indica el final de un tramo en que es obligatorio el alumbrado de cruce o corto alcance y recuerda la posibilidad de prescindir de este, siempre que no venga impuesto por circunstancias de visibilidad, horario o iluminación de la vía. | |
Cambio de sentido a distinto nivel S-25 Indica la proximidad de una salida a través de la cual se puede efectuar un cambio de sentido a distinto nivel. | |
Panel de aproximación a salida (300 m) S-26a Indica en una autopista, en una autovía o en una vía para automóviles que la próxima salida está situada, aproximadamente, a 300 metros. | |
Panel de aproximación a salida (200 m) S-26b Indica en una autopista, en una autovía o en una vía para automóviles que la próxima salida está situada, aproximadamente, a 200 metros. | |
Panel de aproximación a salida (100 m) S-26c Indica en una autopista, en una autovía o en una vía para automóviles que la próxima salida está situada, aproximadamente, a 100 metros. | |
Auxilio en carretera S-27 Indica la situación del poste o puesto de socorro más próximo desde el que se puede solicitar auxilio en caso de accidente o avería. La señal puede indicar la distancia a la que este se halla. | |
Zona residencial S-28 Indica las zonas de circulación especialmente acondicionadas que están destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos está fijada en 20 kilómetros por hora y los conductores deben conceder prioridad a los peatones. Los vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares designados por señales o por marcas. Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación. Los juegos y los deportes están autorizados en ella. Los peatones no deben estorbar inútilmente a los conductores de vehículos. | |
Fin de zona residencial S-29 Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación. | |
Zona a 30 S-30 Indica la zona de circulación especialmente acondicionada que está destinada en primer lugar a los peatones. La velocidad máxima de los vehículos está fijada en 30 kilómetros por hora. Los peatones tienen prioridad. | |
Fin de zona a 30 S-31 Indica que se aplican de nuevo las normas generales de circulación. | |
Telepeaje S-32 Indica que el vehículo que circule por el carril o carriles así señalizados puede efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinámico o telepeaje, siempre que esté provisto del medio técnico que posibilite su uso. | |
Senda ciclable S-33 Indica la existencia de una vía para peatones y ciclos, segregada del tráfico motorizado, y que discurre por espacios abiertos, parques, jardines o bosques. | |
Apartadero en túneles S-34 Indica la situación de un lugar donde se puede apartar el vehículo en un túnel, a fin de dejar libre el paso. | |
Apartadero en túneles S-34a Indica la situación de un lugar donde se puede apartar el vehículo en un túnel, a fin de dejar libre el paso, y que dispone de teléfono de emergencia. | |
Inicio de tramo de concentración de accidentes (punto negro) Indica el inicio de un punto negro en la carretera. | |
Fin de tramo de concentración de accidentes (punto negro) Indica el fin de un punto negro en la carretera. |
Señales de Carriles
[editar]Estas señales indican la finalidad de los carriles o el paso de uno a varios, etc.
Imagen | Nombre y significado |
Carriles reservados para el tráfico en función de la velocidad señalizada S-50a Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima solo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. | |
Carriles reservados para tráfico en función de la velocidad señalizada S-50b Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima solo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. | |
Carriles reservados para tráfico en función de la velocidad señalizada S-50c Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima solo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. | |
Carriles reservados para tráfico en función de la velocidad señalizada S-50d Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima solo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. | |
Carriles reservados para tráfico en función de la velocidad señalizada S-50e Indica que el carril sobre el que está situada la señal de velocidad mínima solo puede ser utilizado por los vehículos que circulen a velocidad igual o superior a la indicada, aunque si las circunstancias lo permiten deben circular por el carril de la derecha. El final de la obligatoriedad de velocidad mínima vendrá establecido por la señal S-52 o R-506. | |
Carril reservado para autobuses S-51 Indica la prohibición a los conductores de los vehículos que no sean de transporte colectivo de circular por el carril indicado. La mención taxi autoriza también a los taxis la utilización de este carril. En los tramos en que la marca blanca longitudinal esté constituida, en el lado exterior de este carril, por una línea discontinua, se permite su utilización general exclusivamente para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los autobuses y, en su caso, a los taxis. | |
Final de carril destinado a la circulación S-52 Preseñaliza el carril que va a cesar de ser utilizable, indicando el cambio de carril preciso. | |
Final de carril destinado a la circulación S-52a Preseñaliza, en una calzada de doble sentido de circulación, el carril que va a cesar de ser utilizable, e indica el cambio de carril preciso. | |
Final de carril destinado a la circulación S-52b Preseñaliza, en una calzada de doble sentido de circulación, el carril que va a cesar de ser utilizable, e indica el cambio de carril preciso. | |
Paso de uno a dos carriles de circulación S-53 Indica, en un tramo con un solo carril en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de dos carriles en el mismo sentido de la circulación. | |
Paso de dos a tres carriles de circulación S-53b Indica, en un tramo con dos carriles en un sentido de circulación, que en el próximo tramo se va a pasar a disponer de tres carriles en el mismo sentido de circulación. | |
Bifurcación hacia la izquierda en calzada de dos carriles S-60a Indica, en una calzada de dos carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado. | |
Bifurcación hacia la derecha en calzada de dos carriles S-60b Indica, en una calzada de dos carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado. | |
Bifurcación hacia la izquierda en calzada de tres carriles S-61a Indica, en una calzada de tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado. | |
Bifurcación hacia la derecha en calzada de tres carriles S-61b Indica, en una calzada de tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado. | |
Doble bifurcación hacia la derecha en calzada de tres carriles S-61c Indica, en una calzada de tres carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo los carriles derecho y central se bifurcarán hacia la derecha. | |
Bifurcación hacia la izquierda en calzada de cuatro carriles S-62a Indica, en una calzada de cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la izquierda se bifurcará hacia ese mismo lado. | |
Bifurcación hacia la derecha en calzada de cuatro carriles S-62b Indica, en una calzada de cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo el carril de la derecha se bifurcará hacia ese mismo lado. | |
Doble bifurcación en calzada de cuatro carriles S-62c Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo los dos carriles de la derecha se bifurcarán hacia ese mismo lado. | |
Bifurcación en calzada de cuatro carriles S-63 Indica, en una calzada con cuatro carriles de circulación en el mismo sentido, que en el próximo tramo los dos carriles de la izquierda se bifurcarán hacia la izquierda y los dos de la derecha hacia la derecha. | |
Carril bici o vía ciclista adosada a la calzada S-64 Indica que el carril sobre el que está situada la señal de vía ciclista solo puede ser utilizado por ciclos. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada, así como su sentido de la circulación. | |
Carril bici o vía ciclista adosada a la calzada S-64a Indica que el carril sobre el que está situada la señal de vía ciclista solo puede ser utilizado por ciclos. Las flechas indicarán el número de carriles de la calzada, así como su sentido de la circulación. Esta señal no aparece reflejada en el BOE. |
Señales de servicio
[editar]Las siguientes señales indican la ubicación de un servicio en carretera.
Señales de orientación
[editar]Señales de preseñalización
[editar]Las señales indican la ubicación de una intersección a una distancia adecuada para que tenga eficacia, siendo de un mínimo de 500 m en autopistas y autovías, pudiéndose reducir hasta 50 m en poblados y repetir varias veces a otra distancia. A veces se pueden ver en distintos colores para diferenciarlos.
Señales de dirección
[editar]Señales de identificación de carreteras
[editar]Son las señales destinadas a identificar las vías por su número, compuesto por cifras, letras o una combinación de ambas, o por su nombre. Están constituidas por este número o este nombre encuadrados en un rectángulo o en un escudo.
Tienen la nomenclatura y el significado siguientes:
Imagen | Nombre y significado |
---|---|
Itinerario Europeo S-400 Identifica un itinerario de la Red Europea. | |
Autopista o autovía S-410 Identifica una autopista o autovía. Cuando esta es de ámbito autonómico, además de la letra A y a continuación del número correspondiente o bien encima de la señal con un panel complementario, pueden incluirse las siglas de identificación de la comunidad autónoma. Ninguna carretera que no tenga características de autopista o autovía podrá ser identificada con la letra A. Cuando la autopista o autovía es una ronda o circunvalación la letra A podrá sustituirse por las letras indicativas de la ciudad, de acuerdo con el código establecido al efecto por los Ministerios de Fomento e Interior. | |
Autopista de peaje S-410a Identifica una autopista de peaje. | |
Carretera de la red general del Estado S-420 Identifica una carretera de la red general del Estado, que no sea autopista o autovía. | |
Carretera autonómica de primer nivel S-430 Identifica una carretera del primer nivel, que no sea autopista o autovía, de la red autonómica de la Comunidad Autónoma a la que corresponden las siglas de identificación. | |
Carretera autonómica de segundo nivel S-440 Identifica una carretera del segundo nivel, que no sea autopista o autovía, de la red autonómica de la Comunidad Autónoma a la que corresponden las siglas de identificación. | |
Carretera autonómica de tercer nivel S-450 Identifica una carretera del tercer nivel, que no sea autopista o autovía, de la red autonómica de la Comunidad Autónoma a la que corresponden las siglas de identificación. |
Señales de localización
[editar]Las señales de localización se utilizan para indicar:
- La frontera entre dos Estados.
- El límite entre dos divisiones administrativas del mismo Estado.
- El nombre de un poblado, un río, un puerto, un lugar u otra circunstancia de naturaleza análoga.
La nomenclatura y significado de las señales de localización son los siguientes:
Imagen | Nombre y significado |
---|---|
Entrada a población S-500 Indica que se ha entrado en un poblado y que a partir de ese punto se aplican las normas de circulación en poblado. | |
Salida de población S-510 Indica que se ha salido de un poblado y que a partir de ese punto se dejan de aplicar las normas de circulación en poblado. | |
Situación de punto característico de la vía S-520 Indica un lugar de interés general en la vía. | |
Entrada a provincia S-540 Indica que se ha entrado en otra provincia. | |
Entrada a comunidad autónoma S-550 Indica que se ha entrado en otra comunidad autónoma, mostrando solo el nombre de la comunidad autónoma. | |
Entrada a comunidad autónoma S-560 Indica que se ha entrado en otra comunidad autónoma, mostrando el nombre de la comunidad autónoma y el de la provincia. | |
Hito kilométrico en autopista y autovía S-570 Indica el punto kilométrico de la autopista o autovía cuya identificación aparece en la parte superior. | |
Hito kilométrico en autopista de peaje S-570a Indica el punto kilométrico de la autopista de peaje cuya identificación aparece en la parte superior. | |
Hito kilométrico en autopista y autovía que, además, forma parte de un itinerario europeo. S-571 Indica el punto kilométrico de la autopista o autovía que, además, forma parte de un itinerario europeo, cuya identificación aparece en la parte superior de la señal. | |
Hito kilométrico en carretera convencional. S-572 Indica el punto kilométrico de una carretera convencional cuya identificación aparece en la parte superior sobre el fondo del color que corresponda a la red de carreteras a la que pertenezca: ROJO: carretera de la red general del Estado (ver señal S-420). NARANJA: carretera autonómica de primer nivel (ver señal S-430). VERDE: carretera autonómica de segundo nivel (ver señal S-440). AMARILLO: carretera autonómica de tercer nivel (ver señal S-450). | |
Hito kilométrico en Itinerario Europeo S-573 Indica el punto kilométrico de una carretera convencional y que forma parte de un itinerario europeo, cuyas letras y números aparecen en la parte superior de la señal. ROJO: carretera de la Red de Carreteras del Estado (ver señal S-420). NARANJA: carretera autonómica de primer nivel (ver señal S-430). | |
Hito miriamétrico en autopista o autovía S-574 Indica el punto kilométrico de una autopista o autovía cuando aquel es múltiplo de 10. | |
Hito miriamétrico en carretera convencional S-574a Indica el punto kilométrico de una carretera convencional cuando aquel es múltiplo de 10. | |
Hito miriamétrico en autopista de peaje S-574b Indica el punto kilométrico de una autopista de peaje cuando aquel es múltiplo de 10. | |
Hito miriamétrico S-575 Indica el punto kilométrico de una carretera, que no es autopista ni autovía, cuando aquel es múltiplo de 10. Su color se corresponderá con el de la red de la que forma parte dicha carretera: NARANJA: carretera autonómica de primer nivel (ver señal S-430). VERDE: carretera autonómica de segundo nivel (ver señal S-440). AMARILLO: carretera autonómica de tercer nivel (ver señal S-450). |
Señales de confirmación
[editar]Señales de uso específico en poblado
[editar]Paneles complementarios
[editar]Otras señales
[editar]Otras señales de indicación son las siguientes:
Señales en los vehículos
[editar]Referencias
[editar]- ↑ Real Decreto 1428/2003, Reglamento General de Circulación Define en la Sección IV del Capítulo VI del Título IV la numeración y significado de las Señales Verticales de Circulación, e incluye en el Anexo I el Catálogo Oficial de Señales de Circulación.
- Señales Verticales de Circulación. Tomo I De acuerdo con el Art. 165 del Reglamento define el color y diseño de las señales.
- Señales Verticales de Circulación. Tomo II.