Nemecio Orbegoso
Nemecio Orbegoso | ||
---|---|---|
| ||
Secretario de Gobierno y Policía del Perú | ||
24 de diciembre de 1879-12 de marzo de 1881 | ||
Presidente | Nicolás de Piérola | |
Predecesor | Buenaventura Elguera | |
Sucesor | Manuel Velarde Seoane | |
| ||
Alcalde Metropolitano de Lima | ||
8 de diciembre de 1871-2 de agosto de 1872 | ||
Predecesor | Manuel Pardo y Lavalle | |
Sucesor | José Antonio García y García | |
| ||
Diputado constituyente de la República del Perú por Huamachuco (La Libertad) | ||
14 de julio de 1860-15 de noviembre de 1860 | ||
| ||
Información personal | ||
Nacimiento |
20 de diciembre de 1828 Trujillo, Perú | |
Fallecimiento |
? Trujillo, Perú | |
Nacionalidad | Peruana | |
Familia | ||
Padre | Luis José de Orbegoso y Moncada | |
Cónyuge | María del Tránsito de la Puente y Quiñones | |
Hijos | 6 | |
Información profesional | ||
Ocupación | Político | |
Rama militar | Ejército del Perú | |
Rango militar | Teniente coronel | |
Conflictos | Guerra del Pacífico | |
Nemecio Domingo de las Mercedes de Orbegoso y Martínez de Pinillos, más conocido como Nemecio Orbegoso o Nemesio Orbegoso (Trujillo, Perú, 20 de diciembre de 1828 – Trujillo, ?) fue un hacendado y político peruano. Fue diputado constituyente (1860); prefecto de La Libertad (1865-1867); alcalde de Lima (1871-1872); y secretario de Estado en el despacho de Gobierno y Policía, bajo la dictadura de Nicolás de Piérola (1880-1881).
Biografía
[editar]Fue hijo de Luis José de Orbegoso y Moncada, gran mariscal del Perú y presidente de la República, y de María Josefa Martínez de Pinillos y Cacho.[1] Miembro de una numerosa y opulenta familia, heredó varias haciendas en el departamento de La Libertad, donde fue considerado como un caudillo, dado el prestigio de su nombre y de su fortuna. Fue prefecto de dicho departamento.[2] El 8 de agosto de 1861 se casó con María del Tránsito de la Puente y Quiñones.[1]
Fue diputado por la provincia de Huamachuco en el congreso ordinario de 1860 convocado por el presidente Ramón Castilla, congreso que se arrogó la facultad de Constituyente y dio la Constitución de 1860, la que mayor longevidad ha tenido en la historia republicana del Perú (60 años).[3] Dentro de su labor legislativa destaca como logro suyo la promulgación de la ley de creación de la provincia de Otuzco, en La Libertad.
De 1865 a 1867 fue prefecto del departamento de La Libertad.[4] Luego fue alcalde de Lima, sucediendo a Manuel Pardo y Lavalle el 8 de diciembre de 1871, día en que se puso en vigencia nuevamente la Ley Orgánica de Municipalidades de 1861. En 1872 continuó en la alcaldía limeña, pero se ausentó durante un tiempo, siendo reemplazado por el accesitario Juan Peña. Dejó finalmente el gobierno municipal el 2 de agosto de ese mismo año, en que fue elegido alcalde José Antonio García y García.[5]
Durante la guerra con Chile, el dictador Nicolás de Piérola lo convocó para que formara parte de su gobierno, encomendándole una de las siete secretarías de Estado, la de Gobierno y Policía. Dichas secretarías habían sido creadas por decreto de 24 de diciembre de 1879, en reemplazo de los ministerios.[6][7] En tal despacho firmó la resolución de 16 de enero de 1880 refrendada por Piérola, en la que se prohibió la publicación del diario El Comercio y de cualquier otro periódico en dicha imprenta.[8]
Participó en la defensa de Lima con el grado de teniente coronel y como ayudante de campo. A pesar de las posesiones de su familia, la guerra lo convirtió en uno de los principales deudores del Banco de Crédito Hipotecario.
Genealogía
[editar]Fuente:Orbegoso Pimentel.[1]
Genealogía de Nemecio de Orbegoso y Martínez de Pinillos | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
Referencias
[editar]- ↑ a b c Orbegoso Pimentel, 1992.
- ↑ Vicuña Mackenna, 1881, p. 74.
- ↑ «Constitución Política del Perú de 1860». Congreso del Perú. Archivado desde el original el 19 de febrero de 2020. Consultado el 22 de junio de 2020.
- ↑ Velarde La Barrera, 1916, p. 11.
- ↑ Vidaurre, 1889, pp. 100-101.
- ↑ Basadre, 2005, p. 101.
- ↑ Gálvez Montero y García Vega, 2016, p. 160.
- ↑ Basadre, 2005, p. 115.
Bibliografía
[editar]- Basadre, Jorge (2005). Historia de la República del Perú. 4.º periodo: La guerra con Chile (1879-1883) 9 (9.ª edición). Lima: Empresa Editora El Comercio S. A. ISBN 9972-205-71-1.
- Gálvez Montero, José Francisco; García Vega, Enrique Silvestre (2016). Historia de la Presidencia del Consejo de Ministros Tomo I (1820-1956) (1.ª edición). Lima: Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. ISBN 978-87-93429-87-1. Archivado desde el original el 4 de noviembre de 2020. Consultado el 12 de agosto de 2021.
- Orbegoso Pimentel, Eduardo de (1992). Josefina Schneidewind (coordinadora de la edición), ed. Los Orbegoso en el Perú (privada edición). Lima.
- Velarde La Barrera, Edilberto (1916). Itinerario de distancias del departamento de la Libertad. Trujillo: Imprenta Comercial.
- Vicuña Mackenna, Benjamín (1881). Guerra del Pacífico. Historia de la campaña de Lima, 1880-1881. Santiago de Chile: Rafael Jover, Editor. ISBN 9972625354.
- Vidaurre, Pedro N. (1889). Relación cronológica de los alcaldes que han presidido el ayuntamiento de Lima desde su fundación hasta nuestros días. Lima: Imprenta de J. Francisco Solís.